Uno de los grandes mitos que rodean al mercado laboral y las dinámicas de los trabajos en las empresas es que los trabajadores no conocen plenamente todos los derechos que tienen. Con independencia de si esta frase es cierta o no, lo que sí es real es el texto que los recoge, el Estatuto de los Trabajadores, que es la biblia de los derechos laborales en España.
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Noticias de Estatuto de los Trabajadores
El trabajador, cuando comienza una relación laboral como su empresa, tiene una serie de derechos que no se pueden vulnerar. Pero, a la vez, también ha de asumir ciertas responsabilidad y obligaciones como, por ejemplo, acudir a su puesto de trabajo. No hacerlo de forma injustificada puede causarle un serio problema e incluso suponer su despido.
A lo largo de nuestra trayectoria en la empresa en la que trabajamos podemos sufrir un cambio en nuestro puesto dentro del organigrama. Estas situaciones, que no dejan de ser habituales, deben hacerse conforme a lo que dice la normativa y sin socavar la dignidad y derechos de los trabajadores.
Aunque lo habitual es percibir el salario conforme a los usos y tradiciones, es decir, en los primeros días de mes y después de los servicios prestados, el trabajador tiene reconocido el derecho de solicitar a su empresa un anticipo de sus emolumentos. No es lo común, pero no por ello deja de ser legal ni posible.
En la gran mayoría de los casos, los trabajadores que deciden dejar su trabajo lo hacen asumiendo que perderán el derecho a cobrar el paro que hayan generado durante los años previos. A veces, esto es un motivo que justifica la permanencia en la empresa a pesar de, en el fondo, desear la extinción de su contrato por diversas razones.
El trabajador se encuentra a lo largo de su estancia en la empresa con sucesos de su vida diaria que interfieren en el aspecto profesional. Lo que no todas las personas conocen es que en algunas de esta situaciones se garantizan las ausencias en el puesto de trabajo sin que por ello se pierda parte del sueldo.
En ocasiones la vida del trabajador sufre un cambio repentino que le dificulta mantener la relación laboral que mantiene con su empresa o empresario. Cuando esto sucede no siempre debe finalizar con un término abrupto de esa relación, ya que el trabajador tiene la opción de pedir una excedencia en su empresa.
Aunque lo habitual es pensar en jornadas de trabajo de una duración determinada y pensar que todo el tiempo de dicha jornada ha de dedicarse a la actividad por la que nos pagan, lo cierto es que existen ciertos periodos de descanso a los que el trabajador tiene derecho cuando transcurren unas cuantas horas.
Existen determinadas actitudes que, pese a su cotidianeidad, pueden dar lugar a ciertos problemas en el puesto de trabajo. Por ello, los trabajadores han de ser extremadamente celosos en el cumplimiento de sus obligaciones y en no traspasar ciertas líneas rojas que le pueden crear verdaderos problemas.
Todas las jornadas laborales tienen una duración determinada, pero al margen de esta cuantificación también se regulan los periodos de tiempo de descanso al que tienen derecho los trabajadores cuando esa jornada reúne ciertas condiciones. No es un lugar común o una leyenda urbana: los trabajadores tienen derecho a descansos durante su faena diaria.
Cuando un familiar sufre una enfermedad o un accidente que le hace dependiente, existe la posibilidad de que alguno de sus allegados se ausente del trabajo para cuidar a ese familiar, un mecanismo especialmente útil para aquellos casos en los que no es posible pagar a un empleado para ayudar a esa persona en los actos más esenciales de la vida cotidana.
Cuando las cosas marchan mal en el trabajo, a un trabajador se le puede pasar por la cabeza marcharse, dejarlo todo y comenzar de cero en una nueva empresa. Es libre para hacerlo, pero en muchos casos eso conlleva la pérdida del derecho a cobrar el pero, la prestación contributiva por desempleo, mientras encuentra un nuevo empleo.
Para que se declare la existencia de competencia desleal de un trabajador y que el empresario pueda aplicarle un despido disciplinario no es preciso que se haya materializado efectivamente la puesta en marcha y el funcionamiento de una empresa encaminada a realizar tareas laborales de la misma naturaleza o rama de producción.
La Seguridad Social extiende su acción protectora a aquellos trabajadores que enfermen abonándoles la prestación de incapacidad temporal mientras están de baja. Ausentarse del puesto de trabajo por razones médicas es una causa totalmente justificada y sufrir un despido por esa circunstancia es motivo sobrado para que sea tumbado en los juzgados.
Los derechos laborales de los trabajadores son un campo de conocimiento a menudo poco explorado por los propios empleados, que no saben a cierta cierta cuáles son los beneficios que la ley les garantiza por el simple hecho de ser trabajadores, y sin perjuicio de las modificaciones que a esos derechos puedan imponer sus convenios colectivos.
Al igual que las leyes les garantizan toda una galería de derechos, los trabajadores también han de cumplir con una serie de obligaciones en su día a día en su puesto de trabajo. Desatender estas responsabilidades ponen al empleado ante un riesgo patente de sufrir un despido.
A menudo se concibe la jornada laboral como un gran bloque de horas en el que hay que estar pegado a una pantalla de ordenador, una barra de bar, un mostrador...pero nada más lejos de la realidad. Los trabajadores tienen derecho a tomarse ciertos descansos durante su día a día al margen de lo que puedan pensar sus superiores.
Cuando una empresa despide a un trabajador, este tiene derecho a recurrir la decisión por los cauces legales correspondientes. Si el Juzgado de lo Social considera que ese despido no tenía base y que, por lo tanto, ha sido improcedente, la legislación española contempla el pago de indemnizaciones a estas personas que han sufrido el despido.
Cogerse la baja médica es uno de los derechos imprescindibles de los trabajadores. Es lo que se conoce como incapacidad temporal y durante esos periodos se garantiza el pago al empleado de ciertas cantidades de su salario, así como el mantenimiento de la cotización del mismo a la Seguridad Social.
En ocasiones vemos determinadas situaciones como muy alejadas de nuestras posibilidades laborales, pero el Estatuto de los Trabajadores siempre aporta una dosis de realidad (y por qué no, también de optimismo) a los empleados y acerca ciertos derechos que pertenecen a los trabajadores por su simple condición de trabajadores.
Una frase muy repetida es que los trabajadores no son siempre conocedores de todos los derechos que tienen inherentes a su condición de trabajadores. La normativa reconoce ciertas garantías a los empleados en materia de descansos, permisos...y a menudo no son del todo conocidos, por lo que no pueden disfrutar de ellos.
Para muchas personas trabajadores el salario que reciben todos los meses es simplemente el fruto de su trabajo a las órdenes de una empresa o empresario. Un dinero que llega a su cuenta corriente en una transferencia, un acto tan automático que a menudo nos evita mirar un poco más allá.
La normativa laboral española contempla una serie de protecciones para los trabajadores con el fin de garantizar el cumplimiento de sus derechos y libertades durante todo el tiempo en el que desarrollen la actividad por la que les pagan. Pero, a la vez, también obliga a los mismos a respetar ciertos códigos de conducta para con su labor y sus empleadores.
A menudo los trabajadores consideran que determinadas situaciones que les son beneficiosas en el trabajo son licencias que, ante la mirada benévola de los superiores, se permiten porque en el fondo no hacen daño a nadie. Pero nada más lejos de la realidad: muchas de ellas son en realidad derechos del empleado reconocidos por la ley.
En ocasiones el mes se le puede hacer largo al trabajador: los gastos del alquiler, las facturas, la cesta de la compra, algún gasto imprevisto...cantidades que pueden poner en apuros al empleado y hacer que el sueldo cobrado a principios de mes quede demasiado lejano.
No hay sentimiento más común para un trabajador que el que le acecha cada jornada de trabajo cuando, pasadas ya unas horas, siente la necesidad de parar un momento a descansar. Aunque parezca contrario, esto está regulado por la legislacion laboral y no solo eso: también otro tipo de descansos a los que los empleados tienen derecho de forma diaria, entre jornadas laborales e incluso de forma semanal.
Los trabajadores tienen el derecho de recurrir cualquier despido del que sean víctimas. Pueden agotar diferentes cauces judiciales para tratar de demostrar que la decisión de su empresa no está justificada y, si lo consiguen, pueden encontrarse en la situación de haber sido objeto de un despido improcedente. En ese caso, tendrán derecho a cobrar indemnizaciones si la empresa no les readmite en su puesto de trabajo.
El trabajo debe y tiene que ser un complemento de la vida. En esta etapa, hay que cumplir una serie de reglas contractuales, pero también tenemos derechos que nos permitirán tener una productividad más llevadera.
Aunque el objetivo del trabajador en su relación con la empresa debe ser el mantenimiento y protección de todos sus derechos laborales, existe el otro lado de la moneda: a la vez debe cumplir con todas sus obligaciones contractuales porque, de lo contrario, podría enfrentarse a problemas serios que pueden llevarle incluso a un despido.
Entre los múltiples derechos del trabajador está el derecho a pedir la baja (la incapacidad permanente) cuando tiene un problema de salud. Se trata de una garantía para estos empleados y su salud: se les protege cuando es incompatible el desarrollo de su trabajo con su bienestar físico y/o psicológico.